Legislación rural mexicana

Introducción a los cursos de legislación y marco legal rural

En el presente apartado se presentan documentos relacionados con los cursos de:

  • Marco legal silvoagropecuario
  • Marco legal para la empresa agropecuaria
  • Marco legal para los agronegocios
  • Legislación ambiental
  • Legislación rural

En primer lugar se presentan algunos textos de contenido fundamental, así como la legislación vigente por temas y documentos de apoyo para cada tema. 

En otras páginas se encuentran las notas del curso y las tareas.

De igual manera se ofrecen otros documentos sobre el tema de estructura agraria, fundamental para comprender la realidad del México rural contemporaneo.


Textos de apoyo general

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Guía Legal para dueños de bosques en México
Aunque esta escrito con el fin de promover la cultura de la legalidad en el ámbito forestal, esta guía incluye los aspectos más importantes de la legislación en materia de tenencia de la tierra (agraria), de aguas, formas de organización (figuras jurídicas), aspectos ambientales y usos de suelos y bosques. Elaborada por la WWF, aunque está dirigida a productores, su carácter general la hace didáctica y muy comprendsible.
guia legal_rural.pdf
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Legislación vigente y documentos de apoyo por tema

Legislación en materia de propiedad rural 

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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Texto vigente al 27-12-2013
constitucion 2013.pdf
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Artículo 27 Constitucional
Texto vigente enero 2014.
Artículo 27 Modificado dic 2013.pdf
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Ley Agraria
Actualizada con la reforma del 9 abril de 2012.
ley agraria.pdf
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Legislación en materia de desarrollo rural sustentable

Dado que las políticas actuales hacia el campo ya no respondían a las nuevas realidades del país se aprobó a finales del 2001 la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS), la cual había sido vetada por el Ejecutivo federal, hecho sin precedentes en la historia del país.

Esta Ley pretende corregir una serie de vacíos legislativos que impedían el desarrollo del sector rural con un marco jurídico descoordinado y desarticulado.

 

La ley privilegia a las organizaciones integradas por productores, sin que estén sujetos a intereses políticos, como sucedía con anterioridad y pretende e

vitar la dispersión de esfuerzos y recursos destinados al campo, con mecanismos de coordinación que no impliquen crear nuevas instituciones.

La ley señala que la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y con la colaboración de los gobiernos de los estados, podrá participar en el establecimiento de fondos para apoyar la capitalización de iniciativas de inversión de organizaciones económicas de productores la formulación de proyectos y programas agropecuarios.

El contenido esencial de la LDRS:

• Aborda los problemas de producción agropecuaria con una proyección de largo plazo.

• Considera el establecimiento de previsiones presupuestales multianuales para la planeación y la continuidad de programas, así como la asignación de recursos en rubros como financiamiento, comercialización, infraestructura, investigación, capacitación y planeación.

• Crea el Sistema Nacional de Financiamiento Rural, donde participarán las bancas de desarrollo, privada y social.

• El Ejecutivo federal impulsará mecanismos para complementar los programas de financiamiento al sector con tasas de interés preferentes en la banca de desarrollo.

• Se establecerá un sistema financiero múltiple en sus modalidades, instrumentos, instituciones y agentes que permita a los productores de todos los estratos y a sus organizaciones económicas y empresas sociales disponer de recursos financieros adaptados, suficientes, oportunos y accesibles para desarrollar exitosamente sus actividades.

• Define cómo se darán los apoyos y subsidios a los productores nacionales para compensar las desigualdades con sus homólogos en el exterior.

• La prioridad serán los pequeños productores y agentes económicos con bajos ingresos, zonas del país con menor desarrollo económico y social, proyectos productivos rentables y generadores de empleo, así como la integración y fortalecimiento de la banca social.


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Avances en la instrumentación de la LDRS
Documento elaborado por el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural y la Soberanía Alimentaria de la Cámara de Diputados (CEDRSSA). Incluye un esquema de la Ley.
instrumentacion de la ldrs.pdf
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Ley de Desarrollo Rural Sustentable
LDRS.pdf
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REGLAMENTO de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en Materia de Organismos, Instancias de Representación, Sistemas y Servicios Especializados
Reg_LDRS_MOIRSSE.pdf
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Reglamentos de la Ley Agraria

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REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares
Reg_LAgra_MCDETS.pdf
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REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
Reg_LAgra_MOPR.pdf
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REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina
Reg_LAgra_FODMC.pdf
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Legislación en materia de aguas nacionales

La legislación nacional en materia hídrica es compleja, dispersa, y cuantiosa. Es compleja porque el tema del agua al ser un tema forzosamente transectorial, ha provocado que disposiciones relativas a su regulación se encuentren dispersas en un número considerable de textos legales. Lo anterior dificulta la óptima regulación del recurso al obstaculizar el debido cumplimiento y la aplicación efectiva de la normatividad.

La Ley de Aguas Nacionales (LAN) fue creada en 1992, modificándose por última vez en el 2004. La LAN es una ley reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales. Tiene como finalidad regular el uso, aprovechamiento o explotación de dichas aguas así como su distribución, uso y la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable. Establece a la Comisión Nacional del Agua (CNA) como la autoridad administrativa en materia de aguas nacionales (LAN, Artículo 9). Entre sus principales atribuciones está la formulación de la política hídrica nacional y su seguimiento. También está encargada de vigilar el cumplimiento y aplicación de la Ley en la materia, de expedir títulos de concesión, asignación o permiso de descarga y llevar el Registro Público de Derechos de Agua. También tiene como mandato el apoyar y acreditar la participación y organización de los usuarios para mejorar la gestión del agua.
La LAN establece que el agua es un "bien de dominio público federal, vital, vulnerable y finito, con valor social, económico y ambiental" y que la responsabilidad de su preservación en cantidad y calidad recae tanto en el Estado como en la Sociedad. Reconoce además que es un asunto de seguridad nacional. Señala que la gestión de los recursos hídricos debe realizarse de manera integrada y por cuenca hidrológica, y que los servicios ambientales que proporciona el agua deben cuantificarse y pagarse. Además de los usos agrícola, industrial y público del agua, reconoce el uso ambiental, es decir, reconoce que la naturaleza es un usuario más del agua.
En el ámbito de las cuencas y regiones hidrológicas e hidrológico-administrativas, la LAN establece la creación de los Organismos de Cuenca y los Consejos de Cuenca. Los primeros son organismos de índole gubernamental descritas como unidades técnicas, administrativas y jurídicas especializadas, con carácter autónomo, adscritos a la CNA, a través de los cuales se lleva a cabo la gestión integrada de los recursos hídricos. Los Organismos de Cuenca deben apoyarse en los Consejos de Cuenca. Éstos últimos son "órganos colegiados de integración mixta, que serán instancia de coordinación y concertación, apoyo, consulta y asesoría, entre la Comisión Nacional del Agua, incluyendo el Organismo de Cuenca que corresponda, y las dependencias y entidades de las instancias federal, estatal o municipal, y los representantes de los usuarios de agua y de las organizaciones de la sociedad, de la respectiva cuenca hidrológica o región hidrológica" (Art. 3, fracción XV).

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente (LGEEPA) por su parte, se enfoca principalmente en ordenar la prevención y control de la contaminación del agua y de los ecosistemas acuáticos. Establece varios criterios que vale la pena indicar a continuación. Señala por ejemplo, que la prevención y control de la contaminación del agua, es fundamental para evitar que se reduzca su disponibilidad y para proteger los ecosistemas del país. También enfatiza la responsabilidad compartida entre el Estado y la sociedad para prevenir la contaminación las aguas superficiales y las del subsuelo. Enfatiza que la utilización de las aguas en las diferentes actividades productivas susceptibles de producir su contaminación, conlleva la responsabilidad de tratar las descargas que se generen, de tal forma que puedan ser utilizadas en otras actividades y se mantenga el equilibrio de los ecosistemas. Las aguas urbanas residuales también deben recibir tratamiento previo a su descarga a los diferentes cuerpos de agua receptores.
Estos criterios deben ser considerados al emitir normas oficiales mexicanas para el uso, tratamiento y disposición de aguas residuales, para el tratamiento del agua para el uso y consumo humano, así como para la infiltración y descarga de aguas residuales en cuerpos receptores considerados aguas nacionales. También deben ser tomados en cuenta en el establecimiento de zonas reglamentadas, de veda o de reserva en términos de la Ley de Aguas Nacionales. En las concesiones, asignaciones, permisos y en general autorizaciones que deban obtener los concesionarios, asignatarios o permisionarios, y en general los usuarios de las aguas propiedad de la nación, para infiltrar aguas residuales en los terrenos, o para descargarlas en otros cuerpos receptores distintos de los alcantarillados de las poblaciones. En la organización, dirección y reglamentación de los trabajos de hidrología en cuencas, cauces y álveos de aguas nacionales, superficiales y subterráneas. En la clasificación de cuerpos receptores de descarga de aguas residuales, de acuerdo a su capacidad de asimilación o dilución y la carga contaminante que éstos puedan recibir.

 

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El agua en México
Notas que muestran un panorama general de la situación de los recursos hídricos de México
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Ley de Aguas Nacionales
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Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales
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El agua y el desarrollo rural
Esta obra, dedicada a la regulación del agua y su impacto en el desarrollo rural, comienza con un capítulo conceptual sobre desarrollo en términos generales y desarrollo rural en particular; en el capítulo segundo se explica el derecho fundamental al agua, así como su regulación en la Constitución Federal; el tercer capítulo se ocupa de la legislación secundaria, especialmente de la Ley de Aguas Nacionales, pero no sólo de ella, pues también incursiona en otros ordenamientos como la Ley General de Desarrollo Social, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley General de Salud, el Código Civil Federal y el Código Penal Federal. Los dos últimos capítulos se ocupan de las Normas Oficiales Mexicanas sobre el uso y aprovechamiento del agua y los planes nacionales sobre ella.
Agua y DR.pdf
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El sistema de concurrencia y la distribución de competencias en las reformas a la Ley de Aguas Nacionales. - Maria del Carmen Carmona Lara
C15_El sistema de concurrencia y la dist
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La Ley de Aguas Nacionales como un instrumento para el desarrollo sustentable. - Julio Trujillo
C09_La ley nacional de aguas como un ins
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Legislación en materia de productos orgánicos

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Ley de Productos Orgánicos
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Reglamento de la Ley de Productos Orgánicos
Reg_LPO.pdf
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Legislación en materia forestal

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Consideraciones sobre el subsector forestal de México
Las implicaciones y retos de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
consideraciones subsector forestal.pdf
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LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE
Su objeto es regular y fomentar la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos.
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REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE
Regula la aplicación de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable a nivel federal, en materia de instrumentos de política forestal, manejo y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas forestales del país y de sus recursos, así como su conservación, protección y restauración
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Legislación en materia de pesca y acuacultura

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LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
Regula, fomenta y administra el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.
LGPAS.pdf
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REGLAMENTO DE LA LEY DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
Reg_LPesca.pdf
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Legislación en materia de semillas, sanidad animal y vegetal

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LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL
Su objeto es objeto fijar las bases para: el diagnóstico, prevención, control y erradicación de las enfermedades y plagas que afectan a los animales.
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Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reg_LFSA.pdf
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LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL
Regula y promueve la sanidad vegetal, así como la aplicación, verificación y certificación de sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica en la producción primaria de vegetales.
LFSV.pdf
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LEY FEDERAL DE PRODUCCIÓN, CERTIFICACIÓN Y COMERCIO DE SEMILLAS
LFPCCS.pdf
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Otras leyes y ordenamientos

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LEY DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE LOS BIOENERGÉTICOS
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LEY ORGÁNICA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS
LOTA.pdf
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LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS
LOGAN.pdf
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